En caso de que tengas pensado vender un inmueble, debes saber que tendrás que abonar el impuesto de plusvalía municipal.
¿Qué es este impuesto? ¿Qué cantidad tendrás que pagar? A través de este artículo te explicaremos todo lo que tienes que saber acerca del impuesto de plusvalía municipal.
Conviene aclarar que este impuesto se refiere al incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, siendo un impuesto conocido popularmente con el nombre de plusvalía municipal.
En esencia, podemos definir la plusvalía municipal como el impuesto directo que grava el aumento de valor de un inmueble, que tiene lugar desde la posesión hasta la transmisión; es decir, desde el momento de la compra hasta que se vende la propiedad.
Por este motivo, si vas a vender un inmueble, debes saber que la plusvalía municipal establece cuánto se ha revalorizado tu propiedad durante el tiempo que has sido propietario de esta, siendo un impuesto que es competencia de cada ayuntamiento.
¿Quién paga la plusvalía municipal?
Una de las dudas más comunes acerca de este impuesto, es conocer quién debe encargarse de hacer frente este pago, siendo necesario aclarar que este tributo lo abonará el vendedor del inmueble.
Existe también la posibilidad de que este impuesto sea abonado por el comprador, en caso de que ambas partes así lo establezcan.
Eso sí, en caso de que el vendedor del inmueble no resida en España, será el comprador el que tendrá la obligación de abonar el impuesto de plusvalía municipal.
En caso de donación o herencia es importante aclarar que será la persona que reciba el inmueble, la que tendrá que liquidar este impuesto.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Saber cómo calcular el impuesto de la plusvalía municipal, se ha convertido en una de las cuestiones más frecuentes hoy en día.
Es importante aplicar al incremento del valor del terreno el tipo de gravamen, con la particularidad de que el gravamen será fijado por cada ayuntamiento en concreto. Eso sí, en ningún caso el gravamen podrá superar el 30%.
Por otra parte, es preciso aclarar que el incremento del valor de un terreno estará condicionado por dos factores.
En primer lugar, por el valor en el momento de la transmisión y, a su vez, tendrá relación con el tiempo que el transmisor ha sido propietario del inmueble, con un máximo de veinte años.
En caso de querer determinar el importe exacto de la plusvalía, será necesario multiplicar el valor del terreno por el número de años que se ha tenido la propiedad.
Y, además, por el porcentaje anual que determinará cada ayuntamiento, siendo esta una cantidad que tendrá que estar dentro de los límites legales y oscila entre el 3% y el 3,70%.
Otro aspecto para tener en cuenta es que, para calcular el impuesto de plusvalía, no se considera el precio final de la venta del inmueble.
¿Cuánto tiempo tenemos para pagar el impuesto de plusvalía?
Para responder correctamente a esta pregunta, es necesario conocer el tipo de operación que se llevará a cabo. Por ejemplo, en la compraventa o donación de vivienda, siendo esta la opción más común, el plazo será de 30 días hábiles desde el momento de la transmisión.
En cambio, si estamos ante una herencia, disponemos de un período de 6 meses desde la defunción para abonar el impuesto de plusvalía, con la particularidad de que este espacio de tiempo podrá ser prorrogado hasta un año si se solicita por escrito.
¿Por qué genera tanta polémica este impuesto?
La principal razón por la que son muchos los que criticaban el impuesto de plusvalía, es que se aplicaba independientemente de si existe o no un beneficio con la venta.
Sin embargo, desde hace un tiempo hay que aclarar que estamos ante un impuesto que no será legal en caso de que el inmueble sea transmitido por un precio igual o inferior al precio de adquisición, siendo esta una decisión que ha sido aceptada por el Tribunal Constitucional.
Incluso, aquellas personas que tuvieron que pagar el impuesto de plusvalía, en aquellos casos donde el precio de la venta fue inferior respecto al de la compra, han tenido la posibilidad de reclamar la devolución de este impuesto.